15 de mayo de 2014

SEGUNDA LIQUIDACIÓN

Estimados,

Para la liquidación del día martes 20 de mayo necesitamos que todos los vendedores nos entreguen la siguiente documentación. 


CÉDULA / COMPROBANTE DE ASISTENCIA / CARTA PODER - No se liquidarán personas indocumentadas, o personas apoderadas que no traigan consigo la documentación solicitada en la CARTA PODER; esto es:  fotocopia de cédula del vendedor y del apoderado.


DECLARACIÓN SORTEO EXTRA - En este documento deberán declarar los números de rifa que participan en el primer sorteo extra a realizarse el 26/06/14. De no tener ningún comprador que participe de este, de igual forma se deberá presentar la hoja y sólo ponen que ninguna participa. Es una manera de verificar que fue presentada y no fue un olvido de vuestra parte, y así evitar posibles multas.



Este documento es una declaración jurada, por lo cual la NO entrega del mismo el día de la liquidación se sancionará con una multa correspondiente a 10 talones de rifa ($3480).

Aquellos que no tengan que venir a liquidar, ya sea porque vendieron todas las rifas con tarjeta o en una cuota en efectivo, deberán traer este documento el mismo día de la liquidación. Recuerden que no necesitarán retirar número ya que sólo tienen que entregar la hoja y retirar el comprobante de entrega correspondiente.

DEPÓSITOS - Traer los tickets que expide la buzonera al momento de depositar el dinero correspondiente a la presente liquidación. Volvemos a recordar que los depósitos deben hacerse en las buzoneras de cualquier sucursal del Banco SANTANDER, y No en caja, de lo contrario se les computará una multa con valor equivalente a un talón de rifa ($348).


VOUCHERS - En caso de realizar un cambio en la modalidad de pago (de efectivo a tarjeta), deberán presentar el voucher de venta de la rifa correspondiente. Volvemos a aclarar que sólo se aceptarán como válidos los originales de los mismos (la primera de las vías), y no otras.


Además de calcar adecuadamente la tarjeta, asegúrense de que todos los datos que se necesitan queden registrados en el cupón de venta: nombre del comprador, Nº de cédula del comprador, dirección del comprador, fecha de vencimiento de la tarjeta, Nº de rifa, Nº de sucursal, Nº de comercio, Nº de autorización y fecha de autorización.


Recuerden que en caso de efectuar un cambio a Tarjeta, la autorización de dicho voucher debe realizarse dentro de los 10 días previos a la segunda liquidación (20/05/2014).


Ante cualquier falta que se constate, el vendedor automáticamente será multado por el monto correspondiente a un talón de rifa ($348).



CAMBIO DE MODALIDADEn la entrada del blog (http://arqrifagen10.blogspot.com/2014/04/nuevas-modalidades.html) se aclara cuales son las nuevas modalidades habilitadas para este sorteo y como deben proceder. En caso de realizar algún cambio, será necesario presentar el formulario correspondiente (“Cambio de Modalidad”), disponible en el panel derecho del blog en la sección descargas.  



CAMBIO DE TITULAR -  En caso de realizar algún cambio, será necesario presentar el formulario correspondiente (“Cambio de Titular”), disponible en el panel derecho del blog en la sección descargas.  


Finalmente, y sólo para las personas que hayan retirado una rifa con 9 talones luego del 1º sorteo, deberán obligatoriamente presentar el documento CAMBIO DE TITULARIDAD (del “comprador” Arquitectura Rifa al nuevo comprador “X”). 

También deberán presentar, en caso de vender las rifas en otra modalidad que no sea en 10 pagos efectivo, el documento titulado CAMBIO DE MODALIDAD, que ya fue explicado en la entrada  correspondiente.

Saluda atentamente,

Coordinadora de Arq. Rifa, Gen `10.

5 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. Hola! quería saber si en el caso de tener cambio de modalidad o titular, cambiamos nosotros el cdr y se los volvemos a mandar actualizado, o ustedes se encargan de actualizar esos datos? muchas gacias

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  3. En caso de efectuar algún cambio de modalidad o titular para este sorteo, deben mandar nuevamente el CDR actualizado. Para las nuevas modalidades, el número no está disponible al desplegar la opciones, deben escribir en otra celda, luego cortar y pegar en la que corresponda.

    Saludos

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  4. Si no tenemos cambio de modalidad, ni cambio de titular solo se entrega declaración de sorteos extra y tickets de depósito no??
    No se declara en ningún lugar la cantidad de plata a depositar? como verifican que los tickets de depósito corresponden efectivamente al monto correcto?

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  5. Efectivamente sólo entregan lo que mencionas en caso de no tener ningún cambio. En la liquidación anterior se declaró la modalidad de pago de cada rifa, ahora el mismo programa es el que se encarga de filtrar los montos a depositar por cada uno, por eso no es necesario que se presente una nueva declaración de modalidades.

    Saludos

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